El sector de la construcción está rodeado de riesgos, tanto para profesionales de obra como para terceros. Pero también hay otros actores implicados, como financieras, promotores o arquitectos. En este punto, lo más probable es que te estés preguntando si es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil en la construcción o si también existen seguros no obligatorios. Por ello, en este post, detallamos todas las respuestas.
Seguro de responsabilidad civil en construcción: ¿es obligatorio?
Ya hemos avanzado los riesgos que entraña el sector de la construcción. Por tanto, era de esperar que la ley obligase a las empresas constructoras o de rehabilitación de edificios a contratar un seguro de responsabilidad civil.
Asimismo, no olvidemos que este tipo de pólizas, en última instancia, cubrirán la responsabilidad derivada de las acciones de los profesionales en el desarrollo de su trabajo, ya sean daños materiales o personales.
Tipos de seguro para empresas de construcción
Existen una serie de seguros que las compañías constructoras, sí o sí, habrán de contratar. Son los siguientes.
Seguro de Responsabilidad Civil para la Construcción
La ley exige la contratación de un seguro de responsabilidad civil en la construcción.
Este cubre diferentes daños originados como consecuencia de una obra, como son los derrumbes de edificios, caída de objetos, incendios o explosiones, descarga de materiales pesados, etc.
Además, también cubre accidentes, así como el patrimonio de terceros, y demás reclamaciones. Y lo hace a través de indemnizaciones generalmente. Por tanto, además de ser obligatorio, alivia el coste económico que le supondría a la constructora en cuestión.
Pongamos como ejemplo, no obstante, el papel del promotor que subcontrata la edificación. Este será el responsable principal si se producen daños durante la construcción de la obra. En definitiva, y aunque este seguro no es obligatorio para el promotor, sí es recomendable, pues se le puede obligar a reparar el daño causado como responsable de la obra.
Otros seguros obligatorios
Otros seguros, también obligatorios, van enfocados a evitar posibles sanciones administrativas. Detallamos los siguientes.
- Los seguros decenales. Como su propio nombre indica, cubre 10 años tras la obra. Funciona como una herramienta de garantía por posibles daños causados a raíz de la construcción (cimentación, defectos ocultos, etc.). Y es que, si aparecen desperfectos causados por la obra unos años después, ¿quién se va a ocupar de su reparación? En este punto, los seguros decenales son una garantía para los compradores de viviendas fundamentalmente.
- Seguros de accidentes de convenio. Lógicamente, los convenios colectivos de la construcción requieren la contratación de seguros en caso de accidentes para proteger a los trabajadores. Con este tipo de pólizas no solo queda garantizada la seguridad de la constructora, sino la cobertura frente a pérdidas y daños graves, como la muerte de un empleado.
- Seguros de vehículos. Las empresas de construcción siempre se ayudan de diferentes vehículos, ya sean turismos o industriales, a la hora de edificar. Por tanto, tendrán que contar con su correspondiente seguro.
Seguros no obligatorios, pero recomendables
Los seguros a todo riesgo en construcción no son obligatorios, pero sí recomendables, pues nunca se sabe si durante la ejecución del trabajo se van a producir daños, por ejemplo, como consecuencia de algún fenómeno natural. En estos casos, la constructora también será la responsable de los daños.
Seguros de edificación y obra civil, de afianzamiento de cantidades… La lista de seguros de construcción es más extensa, lo que nos invita a reflexionar sobre la importancia de cubrir riesgos en este sector, tanto físicos como económicos. De lo contrario, en el peor de los casos pueden producirse pérdidas irreparables que lleven a una constructora a la quiebra. Por ello, desde General Risk elaboramos estudios sobre riesgos profesionales y patrimoniales, para satisfacer las expectativas más exigentes. ¡Llámanos!