[vc_row css_animation=»» row_type=»row» use_row_as_full_screen_section=»no» type=»full_width» angled_section=»no» text_align=»left» background_image_as_pattern=»without_pattern»][vc_column][vc_column_text]El acoso laboral y sexual es una cuestión que por desgracia está muy presente en la actualidad. De ahí la necesidad de establecer protocolos de acoso laboral en las empresas. Como especialistas en prevención de riesgos laborales, creemos que este tipo de protocolos son muchas veces pasadas por alto. Sin embargo, existe toda una normativa que obliga a las compañías a prevenir el acoso laboral y sexual en el trabajo. Con este fin se crean los protocolos de acoso laboral en los que queremos enfocar este post. ¿De qué estamos hablando exactamente?
¿Qué es el acoso laboral?
Cuando hablamos de acoso laboral, nos referimos a todos aquellos comportamientos amenazadores y/o de hostigamiento que tienen lugar en un puesto de trabajo. Si nos referimos a acoso sexual laboral, es porque existe una motivación sexual y además se ha producido dentro del entorno de la actividad laboral.
Para qué sirve un protocolo de acoso laboral
Un protocolo de acoso laboral consiste en la creación de un documento en el que se establezcan políticas que contribuyan a la hora de mantener un entorno laboral libre de acoso y discriminación. Además, en el caso de que se produjeran, existiría un protocolo de actuación y a través del documento se conocen los procedimientos a seguir para poder tratar el problema de forma adecuada y corregirlo. ¿Qué objetivos persigue entonces un protocolo de acoso laboral?
- Prevenir y velar para que en la organización el ambiente esté exento de acoso laboral, sexual o por razón de sexo.
- Contar con un procedimiento que regule qué hacer y cómo ante un caso de acoso.
- Una investigación que garantice aspectos tan importantes como la confidencialidad, agilidad, objetividad, contradicción y presunción de inocencia.
¿Es obligatorio para las empresas contar con un protocolo de acoso laboral?
Como consecuencia de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, es obligatorio para todas las empresas elaborar un protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo. Se trata del protocolo conocido normalmente como “Protocolo de acoso”.
Por otro lado, no debemos olvidarnos tampoco de lo que establece, entre otros puntos, el Estatuto de Trabajadores en el Artículo 4, respecto a cómo los trabajadores tienen derecho “Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo”.
En General Risk, como especialistas en la prevención de riesgos laborales, creemos que contar con este tipo de protocolos es muy importante para cualquier empresa. Para una elaboración adecuada y garantizar que la compañía esté libre de acoso, lo mejor es acudir a profesionales.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]